Indemnización por despido tras sucesión de contratos temporales. Fraude de ley.

Indemnización por despido tras sucesión de contratos temporales. Fraude de ley.
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Indemnización por despido tras sucesión de contratos temporales. Fraude de ley.

El Tribunal Supremo, ha dictado Sentencia de 23 de Enero de 2024 en la que indica que el una interrupción de apenas 3 meses no significa una interrupción de suficiente entidad para quebrar el vínculo laboral empresa-trabajador cuando la misma dicha interrupción se ha producido en la mitad de una sucesión de diversos contratos temporales celebrados en fraude de ley.

Por tanto, dicha interrupción de la relación laboral no puede conllevar ningún efecto de cara al cálculo de la indemnización por despido improcedente.

Añade el Tribunal Supremo que la prolongada relación laboral derivada de la sucesión de reiterados contratos temporales -realizados en fraude de ley- es una situación ilegal que resta efectos a la interrupción de dicha relación.

 

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